4/28/2008

Megalimosnas y el gober "piadoso"

Con fecha 24 de marzo del año en curso el Gobernador de Jalisco Emilio González Márquez anunció la entrega de 90 millones de pesos a la Arquidiócesis de Guadalajara para la construcción del Santuario Cristero de los Mártires Mexicanos, en el municipio de Tlaquepaque, cuyo costo final se estima en 2 mil millones de pesos.

Ese mismo día en Casa Jalisco el Gobernador entregó un primer cheque por la cantidad de $30 millones de pesos al Cardenal Juan Sandoval Iñiguez. Esto con el pretexto de apoyar una obra que según González Márquez dejará grandes beneficios económicos debido al turismo religioso.

Con la reciente donación de 90 millones de pesos del erario a un grupo privado como la Arquidiócesis de Guadalajara, se vulneran principios constitucionales establecidos, tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en la Constitución del Estado de Jalisco y diversos ordenamientos legales.

En primer lugar se está violando el carácter laico del Estado y el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias establecido en el artículo 130 de nuestra Carta Magna. También se está violentando el hecho de que las autoridades no pueden intervenir en la vida interna de las asociaciones religiosas. (Entendiendo como asuntos internos todos aquellos actos que las asociaciones religiosas realicen conforme a sus estatutos para el cumplimiento de su objeto) La construcción de un templo religioso corresponde a la vida interna de las mismas y no le concierne al Gobernador inmiscuirse en ellas. No hay la menor duda que el dinero va a ir a parar de forma directa a manos del clero. El llamado “donativo” es en realidad una forma de subsidio público y una clara intervención de autoridades del gobierno del Estado en los asuntos internos de una asociación religiosa, lo que está prohibido.

En segundo lugar el Gobernador de Jalisco está violando el artículo 108 constitucional y el 8 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos respecto a que todo servidor público tiene la obligación de cumplir con las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos económicos públicos; además de la obligación de cumplir con el servicio que le fue encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que implique abuso o ejercicio indebido de su cargo. También le corresponde rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones y sobre la gestión pública, proporcionando la documentación e información que le sea requerida en los términos que establezcan las disposiciones legales correspondientes; y abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición legal, reglamentaria o administrativa relacionada con el servicio público. Hasta este momento el Gobernador no ha proporcionado ningún tipo de documentación que avale la legalidad de su acto.

En tercer lugar el artículo 120 de nuestra Carta Magna establece que los Gobernadores de los Estados están obligados a cumplir y hacer cumplir las leyes federales. Emilio González no está cumpliendo con este mandato constitucional al violar los artículos 3º, 5º, 8o y 25 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y los artículos 28 y 32 del Reglamento de la Ley. Los cuales establecen que el Estado mexicano es laico y que el Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa. Con este donativo se está privilegiando únicamente a la Arquidiócesis de Guadalajara, es decir a una sola agrupación religiosa. De igual forma la Ley establece que lo actos jurídicos que contravengan las disposiciones de esta ley serán nulos de pleno derecho. Por lo que la donación de 90 millones de pesos debe ser anulada por el simple hecho de violar esta Ley. Por su parte el artículo 8º establece que las asociaciones religiosas deben sujetarse siempre a la Constitución y a las leyes que de ella emanan, y respetar las instituciones del país; y abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente económicos, y fomentar el diálogo, la tolerancia y la convivencia entre las distintas religiones y credos con presencia en el país. Mandatos que no están e siendo respetados por la Arquidiócesis de Guadalajara. Finalmente la Ley de Asociaciones Religiosas establece que le corresponde al Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación la aplicación de esta ley. Por lo que dicha Secretaría debería de actuar en consecuencia y solicitarle al Gobernador del Estado de Jalisco y a la Arquidiócesis de Guadalajara una explicación de sus actos.

En cuarto lugar El Gobernador de Jalisco Emilio González Márquez está violando la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que establece en su artículo 1º que los ejecutores del gasto deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género. Y deberán observar las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y que la Auditoría fiscalizará el estricto cumplimiento de las disposiciones de esta Ley por parte de los sujetos obligados, conforme a las atribuciones que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. La rendición de cuentas es una obligación en un Estado que se sustenta en las reglas de la democracia y la libertad. Por lo que el Gobernador está violando esos principios al usar discrecionalmente dinero público para darle viabilidad a un espacio religioso que además aún no existe.

En quinto lugar con esta donación millonaria por parte del Gobernador de Jalisco se está violentando el artículo 50 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, ya que parte de sus facultades es cuidar de la recaudación, aplicación e inversión de los caudales del Estado, con arreglo a las leyes. Con este acto se extralimitó en sus funciones ya que no tiene facultades para otorgar donaciones de este tipo a ninguna asociación religiosa.

En sexto lugar y en consonancia con los artículos 90, 106 y 107 de la Constitución Política del Estado, que establecen que por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión los servidores públicos del Estado se harán acreedores a sanciones administrativas. Por lo que con la información obtenida hasta este momento podemos sospechar que el Gobernador del Estado ha incurrido en responsabilidad y se ha hecho acreedor al proceso administrativo correspondiente.

Finalmente corresponde al Congreso Local conforme al artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, pedir en primer término la información y explicación correspondiente al Gobernador del Estado y en segundo lugar si así lo amerita el caso erigirse en Jurado de Acusación y de Sentencia o de Procedencia en los casos señalados en esta Constitución y en las leyes respectivas, en materia de responsabilidad de los servidores públicos.

La democracia no se agota el día de la elección, se práctica cada jornada y se ejerce apegándose al estado de derecho, a las leyes, las reglas y a las instituciones. El compromiso, del señor gobernador, es dar señales firmes de legalidad, para beneficio de la convivencia social. Es momento de enmendar los yerros, de corregir el rumbo gobernar para todos y cuidar los recursos públicos.

Por todo lo anterior nuestro Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata presentó un punto de acuerdo, mismo que fue turnado a la Comisión de Gobernación, a través del cual: Se exhorta al Gobernador del Estado de Jalisco, Emilio González Márquez a que informe a ésta H. Cámara de Diputados sobre la donación de 30 millones de pesos del erario público para la construcción del Santuario Cristero de los Mártires Mexicanos, en el municipio de Tlaquepaque. Asimismo se le exhorta a detener la donación de los $60 millones de pesos pendientes de otorgar a la Arquidiócesis de Guadalajara, para este mismo fin y dar cumplimiento al estado de derecho. Se exhorta a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y su Reglamento. En específico a las violaciones concretas a los artículos 3º, 5º, 8º y 25 de la Ley y a los artículos 28 y 32 del Reglamento de la misma. Y por último, Se exhorta al Congreso Local del Estado de Jalisco actúe conforme a derecho y de acuerdo a sus facultades establecidas en el artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, para que solicite la información y explicación correspondiente al Gobernador del Estado y si así lo amerita el caso erigirse en Jurado de Acusación y de Sentencia o de Procedencia en los casos señalados en esta Constitución y en las leyes respectivas, en materia de responsabilidad de los servidores públicos.

4/04/2008

Licencia de paternidad: por una cultura alternativa para la crianza de l@s hij@s.

El día de ayer, 3 de abril del 2008, presente una iniciativa que tiene como objetivo otorgar una licencia de paternidad con goce de sueldo a los trabajadores por el nacimiento de su hija o hijo, con el fin último de promover la igualdad entre hombres y mujeres. Esta propuesta se articula en torno al empleo, la corresponsabilidad, y la conciliación de la vida laboral y personal. Busca equilibrar el papel del cuidado familiar entre hombres y mujeres, para que ambos compartan la atención del recién nacido, y para alentar la equidad de género y la vida democrática desde el interior mismo de la institución familiar.

La idea básica es aumentar el número de padres que desempeñen un rol activo en el cuidado de los hijos desde sus primeros días de nacidos. El principio rector es la igualdad de oportunidades, con vistas tanto a promover la participación de las mujeres en el mercado de trabajo, como animar a los varones a pasar más tiempo en casa cuidando de sus hijos. Así como conciliar el desarrollo profesional con el familiar.

La Licencia por Paternidad ha sido adoptada desde 1974 en Suecia, primer país en otorgarla. Dos años después Finlandia y Noruega adoptaron esta media que les permite gozar a los padres de unos días con sus recién nacidos, estando este último a la cabeza de la lista como el país más favorable al desarrollo de las familias, con cuatro semanas completas. En Europa esta medida se ha extendido y en 1984 Dinamarca implementó la licencia por paternidad y en 1996 Islandia también lo hizo. En el caso de Francia el hombre puede tomar 11 días a partir de los nueve meses de embarazo y hasta los 4 meses de nacido. España, por su parte en su nueva Ley de Igualdad incluye un permiso de paternidad de 15 días, con la cual más de 400.000 hombres pueden pedir, cada año, dicho permiso.

En el caso de América Latina, Argentina ofrece 15 días a los progenitores y Colombia 8 días. En México apenas existen algunas experiencias en esta materia. Por ejemplo, de manera reciente la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal instauró para sus empleados, la primera licencia de paternidad y se estableció un permiso de 10 días con goce de sueldo por nacimiento de hijo o hija para los varones. De igual forma el Instituto Nacional de las Mujeres aprobó, durante la primera sesión ordinaria del 2008 de su Junta de Gobierno otorgar una prestación similar a los empleados varones de dicho Instituto.

En México ya contamos con una Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres la cual tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre los géneros y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado.

Acorde a lo anterior es necesario revisar las normas laborales vigentes para adecuarlas a dicha Ley, para implementar políticas de cooperación y mecanismos de participación igualitaria de mujeres y hombres en todos los ámbitos.

Debemos terminar con el estigma de que el cuidado de las criaturas es cosa de mujeres. “Si el padre trabaja y la madre no, ésta se encarga de cuidar a los hijos. Si la madre trabaja y el padre no, ella se encarga de cuidar a los hijos”. Pareciera que la seguridad social no considera que el padre tenga obligaciones semejantes.

Hasta ahora la Ley Federal del Trabajo y la seguridad social de nuestro país es discriminatoria al no facilitarles a los hombres el ejercicio de su paternidad de manera responsable desde el nacimiento de sus hijos, y es por ello proponemos varias modificaciones a este ordenamiento legal con el fin de establecer un permiso de paternidad de diez días con goce de sueldo.

Proponemos modificar la fracción IX del artículo 25 de dicha ley, que establece las condiciones laborales que deben observar las relaciones individuales de trabajo, para agregar los permisos tanto de maternidad como de paternidad, que no se encuentran contenidos en dicho artículo.

Asimismo, con la propuesta adicionamos la fracción XXIX del artículo 132, para que dentro de las obligaciones de los patrones se establezca la obligación de otorgar un permiso de paternidad de diez días con goce de sueldo a los hombres trabajadores por el nacimiento de su hija o hijo.

Finalmente proponemos modificar la fracción V del artículo 391 en relación con el contrato colectivo de trabajo con el fin de que en éste se incluya el permiso de maternidad y paternidad correspondiente. Con estas reformas cumplimos, además, con el Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece como principios básicos la igualdad de oportunidades y la igualdad de trato entre trabajadores y trabajadoras, así como el derecho que tienen los trabajadores con responsabilidades familiares de que se les incluya el goce de días con sus hijos.

No tenemos duda de que la sociedad mexicana está preparada para la equidad. La crianza de l@s hij@s no es asunto de mujeres. Es un tema de igualdad y, la licencia de paternidad debe ser un derecho de todos los trabajadores y por lo tanto es nuestro deber como legisladores garantizarlo.

4/03/2008

FELIPE CALDERÓN Y EL PAN: CONTRA LAS GARANTIAS SOCIALES DE L@S MEXICAN@S

En el tema de las Garantías Social y la Reforma del Estado

• El Presidente y su partido actuaron contra los derechos humanos de la ciudadanía y del desarrollo social de las mayorías.
• De 93 propuestas a discusión, en el último momento fueron excluidas 71 propuestas consensadas, se aprobaron cuatro y el resto se encuentra en revisión.
• Seis meses de trabajo, que consumieron millones de pesos del erario, resultaron en una simulación.

La reciente Ley para la Reforma del Estado creó, hace más de medio año, la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos, (CENCA), en la que participamos todas los Grupos Parlamentarios del Congreso de la Unión. Después de seis meses intensos de trabajo, y de un gasto excesivo de recursos públicos, el proceso de deliberación democrática para la Reforma del estado resultó en una simulación, ya que únicamente quedaron aprobadas cuatro

propuestas:

1. Garantizar la autonomía de las comisiones locales de derechos humanos (art. 102)
2. Establecer la calidad como parte del derecho a la educación (art. 3)
3.
Obligación de los mexicanos de hacer que sus hij@s concurran a las escuelas (art. 31)
4. Establecer el derecho constitucional a una vida libre de violencia (art. 4)

Por su lado, el Partido Acción Nacional, se manifestó por emitir 71 reservas, hacer 18 observaciones y solo aceptó aprobar cuatro de acuerdos previamente consensadas por las diferentes fracciones parlamentarias en los distintos
grupos de trabajo, y en los cuales se incluían temas como derechos humanos, la alimentación, la salud, educación con calidad, empleo, medio ambiente, el derecho al agua, seguridad social, vivienda, la equidad de género, derechos para las personas con discapacidad, derechos indígenas, derechos no contemplados para las niñas, niños y adolescentes, derechos de los migrantes, derecho a la identidad y el respeto al estado laico entre otros.

Con ello, el Partido Acción Nacional en abierta complicidad con el Ejecutivo Federal, propone desechar un paquete de iniciativas que, en último grado, garantizarían la seguridad social de toda la población, y además reconocerían
la pluralidad social nuevos sujetos de derechos en nuestra Carta Magna, en beneficio de todos los mexicanos.

Las diputadas y diputados del Grupo de Garantías Sociales de la CENCA:

Holly Matus (PRD);Maricela Conteras (PRD); Aleida Alavez (PRD); Rosario Ortiz (PRD); David Sánchez (PRD); Humberto Alonso (PRD); Marcos Matías (PRD); Martha Tagle (Convergencia); Irma Pineyro (Nueva Alianza); Pablo Arreola (PT); Wenceslao Herrera (PRI) y Elsa Conde (Alternativa Socialdemócrata).

3 de abril, 2008.