6/30/2009

Anticonstitucionales, reformas contra el aborto: especialistas

Gladis Torres Ruiz / Cimacnoticias
cimac1@laneta.apc.org

Inconstitucionales, absurdas y con fines electorales son las reformas realizadas por el Partido Acción Nacional (PAN) y por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) a las constituciones de 12 entidades de la República, aprobadas “al vapor” y sin discusión previa, con el argumento de “proteger la vida desde la concepción”. Así lo considera el doctor Juan Antonio Cruz Parcero, del Instituto de Investigaciones Filosóficas (IIF) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), quien participó en el foro: Los mismos derechos para todas y todos: Género y derechos reproductivos en el debate constitucional en México, que se llevó a cabo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM. Esto queda claro, señala el investigador, ya que en ninguno de los estados se dio un debate serio sobre el tema, lo que también nos deja ver que estas reformas tienen fines electorales, buscando quedar bien con un electorado conservador. En esta materia, se esta “legislando al vapor”, lo que está dando como resultado normas absurdas, los textos aprobados por los legisladores rayan en lo absurdo. Además de inconstitucionales, detalló Cruz Parcero, son un “berrinche legislativo de los diputados de derecha” que aprobaron reformas en los congresos de Morelos, Sonora, Baja California, Chihuahua, Jalisco, Puebla, Colima, Durango, Nayarit, Quintana Roo, Campeche y Guanajuato. Consideró también el académico que dichas reformas, iniciadas por el PAN y por PRI, con apoyo de otros partidos, como el Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza, son una reacción para contrarrestar las reformas hechas en el Distrito Federal (DF), donde se permite la interrupción legal del embarazo antes de las 12 semanas de gestación. Un aspecto muy importante señalado por el académico es que algunas de las reformas dejan fuera varios temas: como la investigación con embriones y la fecundación in vitro, así como el dispositivo intrauterino, que desde el punto de vista de las reformas es un abortivo y, por tanto, tendría que prohibirse, con lo cual las mujeres que lo utilicen serán delincuentes.

Alcances no previstos

En su afán de darle una “protección al embrión”, detalló Cruz Parcero, los legisladores no se pusieron a pensar en los alcances que tendrían dichas reformas, las cuales van más allá del aborto como tal, lo que obliga a hacerlas inconstitucionales, subrayó. En ello coincidió Luis Miguel Cano, del Centro de Análisis (Fundar), quien afirmó que estas reformas violentan los acuerdos internacionales que México ha signado en esta materia, donde el Estado está obligado a proteger los derechos sexuales y reproductivos. Las reformas, dijo, parten del desconocimiento de estos tratados y lo que buscan es privar el derecho de las mujeres a decidir, “no se trata de delincuencia, se trata de un derecho que tienen las mujeres”.

Entidades no son “feudos”

Los legisladores están usando de pretexto ampliar derechos para restringir otros derechos, detalló; ahora resulta que en las constituciones estatales pueden hacer esto como si fueran “feudos”, contraviniendo a la Constitución y a los tratados internacionales. Las mujeres tienen derechos reproductivos y están en los tratados internacionales y las constituciones locales no pueden de ninguna manera restringirlos, sentenció. Ignoran los compromisos internacionales signados por el gobierno, los cuales reconocen los derechos humanos de las mujeres, como: la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; las observaciones finales a México, extendidas el 25 de agosto de 2006 por el Comité CEDAW; la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos en Viena (1993); la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo en El Cairo (1994), en el Capítulo VII Derechos reproductivos y salud reproductiva planificación de la familia; la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer Beijing (1995).

Por su parte Fernanda Díaz de León, del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), afirmó que las reformas realizadas a las constituciones restringen y menoscaban los derechos otorgados por la Constitución, exacerbando la discriminación en contra de ellas, ya que en esta materia la Constitución tienen su normatividad.
Las mujeres que viven en los estados donde se han aprobado reformas de este tipo, explicó, son discriminadas con respecto de los estados en los que no se ha legislado de la misma forma, ya que las primeras restringen el derecho de las mujeres a decidir sobre su maternidad, porque una reforma que restringe derechos discrimina.
No estamos de acuerdo en que en el país, “existan mexicanas de primera y de segunda. El Estado ha firmado todos los tratados existentes en materia de derechos sexuales y reproductivos y fue llamado a armonizar las leyes de los estados en materia de aborto”.

Legislación “engañosa”

En este sentido el doctor en derecho Alejandro Madrazo Lajous, del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), subrayó que se está legislando de forma “engañosa”, se usan los términos de “proteger la vida”, pero ¿por qué no se habla claro y se dice lo que se busca: amedrentar a las mujeres contraviniendo la Constitución de diferentes maneras, en materia de discriminación, ya que existe un artículo que la prohíbe, y el cuarto constitucional que señala que “cada mujer puede elegir el número de hijos, y espaciamiento de los mismos?”
Los especialistas afirmaron que estas nuevas reformas violentan a las mujeres, por lo cual también van en contra de lo estipulado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del reglamento de la misma, en virtud de que existe una restricción, en comparación con el DF para el tratamiento del aborto.

6/29/2009

Y la mujer? Es culpable por ser mujer?: Sandoval, contra NOM 46 que permite el aborto a mujeres violadas

Sandoval, contra NOM 046 que permite el aborto a mujeres violadas

JORGE COVARRUBIAS

El cardenal de Guadalajara, Juan Sandoval Iñiguez, se pronunció en contra de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 que permite la interrupción del embarazo cuando se trata de una violación.

Para el prelado, el Congreso del Estado es el único facultado para decidir si la iniciativa antiaborto tiene futuro y no la Secretaría de Salud.

Al término de la clausura del Año Paulino en Catedral, el purpurado señaló en entrevista. “(Es) una norma muy indebida porque va contra la vida, porque obliga a todo el mundo a que se practique el aborto”, aseveró después de oficiar la acostumbrada misa de 18 horas en la Catedral Metropolitana.

“Que se castigue al agresor, no al inocente”, espetó.

La Jornada, Jalisco.

Juicio Politico a Emilio Gonzalez gobernador de Jalisco

El día de hoy, las diputadas federales Aída Marina Arvizu Rivas, Martha Angélica Tagle Martínez, Maricela Contreras Julián, Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez, Irene Aragón Castillo y Rosario Ortiz Magallón y yo, presentamos, ante el secretario general de la H. Cámara de Diputados, una demanda de juicio político contra el gobernador del estado de Jalisco. La demanda establece que el gobernador de Jalisco, C. Emilio González Márquez, ha violado reiteradamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos estatal y federal, así como a otros ordenamientos de orden nacional e internacional, en relación con los derechos de las mujeres en el estado de Jalisco.

Entre las causas que motivan esta demanda, señalamos que el gobernador de Jalisco:

· Se ha negado de forma sistemática a la prestación de servicios médicos e informativos en materia de salud sexual y reproductiva, y que ha instrumentado una política institucional de violencia y discriminación de género que vulnera los principios más elementales del Estado laico.

· Apoya abiertamente una reforma constitucional contra el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, misma que implica la penalización incluso del aborto terapéutico (cuando está en riesgo la vida de la gestante) o cuando el embarazo es producto de una violación, lo que contraviene diversos ordenamientos de la normativa jurídica local, nacional e internacional y profundiza la discriminación contra las mujeres, pues viola sus derechos fundamentales.

· Ha impugnado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la Norma Oficial Mexicana Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres, Criterios para la Prevención y Atención aprobada el 16 de abril, con la que se obliga a los hospitales públicos y privados atender los abortos de mujeres víctimas de violación.

· Ha violentado la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de la cual México forma parte y ha incumplido las recomendaciones emitidas por el Comité DESC y por el Comité de la CEDAW, así como a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en la que se establece que queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.

· Ha violentado constantemente la separación Estado-Iglesia y el carácter laico del Estado tal como lo establece los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 3º de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ordenamientos en los que se precisa que la legitimidad del poder público proviene de la soberanía o voluntad popular, no de la religión, y que las jerarquías eclesiásticas y dirigencias religiosas no pueden participar en la creación de las leyes ni en las políticas públicas.

· Ha gastado 443 millones, 500 mil pesos en un lapso de 2 años 3 meses que lleva en el cargo, en donaciones a instituciones y organismos vinculados con el clero, a conocidas empresas televisoras y a empresarios, violando la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, la ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del estado de Jalisco entre otras.


Finalmente, la demanda establece que en el Estado de Jalisco cada día son violadas dos mujeres, la mayoría niñas y adolescentes; que del año 2005 al 2008 se han presentado 1,643 casos, pero sólo 91 responsables han sido detenidos, y que datos del INEGI y la Secretaría de Salud sitúan a Jalisco en el noveno lugar nacional respecto al número de muertes por abortos ilegales, mismas que representan el 7.7% de la mortalidad materna en ese estado.

Por último señalamos que la discriminación contra la mujer niega y limita su igualdad de derechos y constituye una ofensa a la dignidad humana, por lo que el gobernador del estado de Jalisco, C. Emilio González Márquez debe ser llevado a juicio político a la brevedad, para ser destituido e inhabilitado para desempeñar funciones empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.