9/19/2007

Género y Presupuesto: incipientes logros

La batalla que hemos dado las feministas de la LX Legislatura por la inclusión de los temas relativos a la equidad de género en el ejercicio del presupuesto en materia de gasto comienza rendir frutos. Con las nuevas disposiciones en la materia, plasmadas en el Artículo 25 del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2008 -mismo que se votará a más tardar el 15 de noviembre próximo- las dependencias y entidades deberán informar trimestralmente, a través del sistema de información y en los términos y plazos que dé a conocer en su oportunidad la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre las acciones realizadas en materia de mujeres y equidad de género, detallando objetivos específicos, población objetivo, indicadores utilizados, la programación de las erogaciones y el ejercicio de los recursos.

Estas disposiciones establecen lo siguiente:

Artículo 25. El Ejecutivo Federal impulsará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la incorporación de la perspectiva de género en los programas de la Administración Pública Federal en los que sea posible. Para tal efecto, las dependencias y entidades deberán considerar lo siguiente:
I. Incorporar, en los programas que sea posible, la perspectiva de género y reflejarla en su matriz de indicadores;
II. Identificar cuando sea posible la población objetivo atendida por los mismos, diferenciada por sexo, incluyendo sus padrones de beneficiarias y beneficiarios, en su caso;
III. Fomentar la perspectiva de género en la ejecución de programas que, aún cuando no están dirigidos a beneficiar directamente al género femenino, es posible identificar los resultados que benefician específicamente a las mujeres;
IV. Utilizar indicadores con perspectiva de género en los programas que sea posible y pertinente metodológicamente, y
V. Considerar la perspectiva de género en las evaluaciones que se realicen de los programas en los que sea posible incorporarla.Adicionalmente, el ordenamiento estipula que para el seguimiento de los recursos destinados a las mujeres y a la equidad de género, todo programa federal que contenga padrones de beneficiarias y beneficiarios, además de reflejar en lo posible dicho enfoque en su matriz de indicadores, procurará generar información de manera desagregada al menos por sexo, mientras que el Instituto Nacional de las Mujeres deberá presentar trimestralmente un reporte en el que detalle los objetivos específicos por programa, población objetivo y sus modificaciones, programación y ejercicio de las erogaciones, modalidades y criterios de evaluación.Asimismo, en tanto no esté disponible el sistema de información mencionado, el Instituto Nacional de las Mujeres, así como las dependencias y entidades deberán remitir a la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Equidad y Género, los informes mencionados anteriormente, a más tardar a los 30 días naturales de concluido el trimestre que corresponda y deberán ponerse a disposición del público en general.

Por otro lado, durante la discusión de la Reforma Hacendaria, específicamente en las modificaciones propuestas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de evaluación del gasto, votada en positivo el pasado jueves 13 de septiembre, promovimos como Alternativa una fracción V al artículo 110, con el fin de conocer qué tan equitativa es la distribución de los recursos públicos dentro de los diferentes grupos de población; insistimos en realizar evaluaciones periódicas de los programas en las que se señale específicamente la población beneficiaria y la magnitud de la problemática en cada caso, para hacer visible el alcance de los programas y recursos del país.

Argumentamos que la información desagregada por sexo es un insumo necesario para generar indicadores de eficiencia y eficacia en materia de equidad de género, tanto en el corto como en el largo plazo, y por ello propusimos incluir nuevas metodologías de evaluación con información desagregada por sexo de la población atendida, para asegurar que se está cubriendo sin discriminación a toda la población. Las evaluaciones de desempeño con tales características permitirán realizar las modificaciones pertinentes totales y/o parciales a cada uno de los programas y así lograr el uso óptimo de los recursos de la población. Buscamos, además, que estas evaluaciones sean dadas a conocer a toda la población mediante mecanismo de transparencia de fácil acceso a toda la ciudadanía.Gracias a este esfuerzo, las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y la de Presupuesto y Cuenta Pública, determinaron proponer una modificación al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Fracción V del artículo 110 de la LFRH ”Las evaluaciones, en la medida de lo posible deberán incluir información desagregada por sexo relacionada con las beneficiarias y beneficiarios de los programas. Asimismo las entidades y dependencias deberán presentar sus evaluaciones con base a indicadores de resultados desagregados por sexo a fin de que pueda medirse el impacto y su incidencia de manera diferenciada entre hombres y mujeres”.

Falta mucho camino por recorrer en materia de presupuestos y de equidad de género en nuestro país. Sin embargo, como Alternativa y como feministas nos hemos propuesto contribuir a la construcción de una política presupuestal que se oriente a una mejor distribución de la riqueza en nuestro país y a erradicar las desigualdades producto de la discriminación, como la discriminación por sexo.

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