6/29/2009

Juicio Politico a Emilio Gonzalez gobernador de Jalisco

El día de hoy, las diputadas federales Aída Marina Arvizu Rivas, Martha Angélica Tagle Martínez, Maricela Contreras Julián, Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez, Irene Aragón Castillo y Rosario Ortiz Magallón y yo, presentamos, ante el secretario general de la H. Cámara de Diputados, una demanda de juicio político contra el gobernador del estado de Jalisco. La demanda establece que el gobernador de Jalisco, C. Emilio González Márquez, ha violado reiteradamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos estatal y federal, así como a otros ordenamientos de orden nacional e internacional, en relación con los derechos de las mujeres en el estado de Jalisco.

Entre las causas que motivan esta demanda, señalamos que el gobernador de Jalisco:

· Se ha negado de forma sistemática a la prestación de servicios médicos e informativos en materia de salud sexual y reproductiva, y que ha instrumentado una política institucional de violencia y discriminación de género que vulnera los principios más elementales del Estado laico.

· Apoya abiertamente una reforma constitucional contra el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, misma que implica la penalización incluso del aborto terapéutico (cuando está en riesgo la vida de la gestante) o cuando el embarazo es producto de una violación, lo que contraviene diversos ordenamientos de la normativa jurídica local, nacional e internacional y profundiza la discriminación contra las mujeres, pues viola sus derechos fundamentales.

· Ha impugnado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la Norma Oficial Mexicana Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres, Criterios para la Prevención y Atención aprobada el 16 de abril, con la que se obliga a los hospitales públicos y privados atender los abortos de mujeres víctimas de violación.

· Ha violentado la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de la cual México forma parte y ha incumplido las recomendaciones emitidas por el Comité DESC y por el Comité de la CEDAW, así como a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en la que se establece que queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.

· Ha violentado constantemente la separación Estado-Iglesia y el carácter laico del Estado tal como lo establece los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 3º de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ordenamientos en los que se precisa que la legitimidad del poder público proviene de la soberanía o voluntad popular, no de la religión, y que las jerarquías eclesiásticas y dirigencias religiosas no pueden participar en la creación de las leyes ni en las políticas públicas.

· Ha gastado 443 millones, 500 mil pesos en un lapso de 2 años 3 meses que lleva en el cargo, en donaciones a instituciones y organismos vinculados con el clero, a conocidas empresas televisoras y a empresarios, violando la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, la ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del estado de Jalisco entre otras.


Finalmente, la demanda establece que en el Estado de Jalisco cada día son violadas dos mujeres, la mayoría niñas y adolescentes; que del año 2005 al 2008 se han presentado 1,643 casos, pero sólo 91 responsables han sido detenidos, y que datos del INEGI y la Secretaría de Salud sitúan a Jalisco en el noveno lugar nacional respecto al número de muertes por abortos ilegales, mismas que representan el 7.7% de la mortalidad materna en ese estado.

Por último señalamos que la discriminación contra la mujer niega y limita su igualdad de derechos y constituye una ofensa a la dignidad humana, por lo que el gobernador del estado de Jalisco, C. Emilio González Márquez debe ser llevado a juicio político a la brevedad, para ser destituido e inhabilitado para desempeñar funciones empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

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