Una política que pretende orientar sus principales esfuerzos a combatir la pobreza, requiere más que voluntad política. Necesita que en su presupuesto se establezca una jerarquía en la distribución del gasto público buscando siempre combinaciones eficientes entre el gasto de contingencia, vinculado a la compensación y al alivio de la pobreza extrema, y el gasto destinado a formar capacidades, fortalecer las habilidades y a garantizar las libertades.
A principios de septiembre presentamos una iniciativa de ley que tiene por objeto, establecer de forma explícita en la Ley General de Desarrollo Social, la promoción de la igualdad, la equidad de género, la no violencia y no discriminación como programas prioritarios y de interés público dentro de la Política Nacional de Desarrollo Social. La idea básica es garantizarles montos presupuestarios específicos que puedan ser objeto de seguimiento y evaluación de acuerdo con la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Es decir, garantizar montos presupuestarios que bajo ninguna circunstancia puedan ir a la baja, pero también seguimiento y evaluación de su impacto real en la vida de la gente.
Si damos seguimiento al gasto social destinado a tales grupos, nos encontramos con importantes variaciones en la asignación presupuestaria que se les destinada. De modo tal que hasta el año 2005, los montos de los gastos destinados en la Cuenta Pública en materia de equidad de género y mujeres, población indígena, políticas para personas con discapacidad, para inmigrantes, para adultos mayores y en contra la discriminación ascienden, apenas, al 1.3% del Presupuesto de Egresos de ese año.
Es necesario establecer ahora, dentro de la política de desarrollo social, programas y recursos específicos para los grupos con mayores rezagos discriminatorios, de forma tal que contemos con una perspectiva integral para un desarrollo social equitativo.
Proponemos que dentro de los programas que constituyen la política de desarrollo social del país, formal y explícitamente se incluya el fomento a medidas para la equidad de género, la igualdad de oportunidades, la no violencia y la no discriminación.
Tal modificación permitiría que los programas encaminados a dichas materias fueran considerados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación como presupuestos irreductibles, lo que significa que no puedan desaparecer de los siguientes ejercicios fiscales, que no puedan ir a la baja y; que se puedan adecuar a las necesidades especiales del desarrollo social de la Nación.
En consecuencia, nuestra propuesta modifica los artículos 6, 14, 19 de la Ley General de Desarrollo Social, para establecer como prioritarios los programas destinados a la equidad de género, la igualdad de oportunidades, la no violencia y la no discriminación.
San Lázaro, 6 de septiembre de 2007.
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