11/13/2007

GÉNERO Y REPRESENTACION POLITICA PARITARIA

Hace unos días presenté una iniciativa cuyo propósito es fortalecer la representación política de las mujeres en la cosa pública. La idea básica es establecer la paridad de género, es decir, el 50/50 en todas las candidaturas de elección popular, tanto de mayoría como de representación proporcional y, en los ámbitos federal, local y municipal.

A diferencia de las cuotas, que prevén un porcentaje de mujeres en las listas electorales y que se presentan como una medida temporal, cuyo objetivo es reducir la sub-representación de las mujeres en la política, la paridad es una medida definitiva que busca compartir el poder político entre hombres y mujeres y pretende romper la monopolización masculina del poder político.

Sin embargo, de la misma forma que los estereotipos de género y las actitudes discriminatorias son un serio obstáculo para la participación política de las mujeres, el tipo de sistema electoral limita también nuestras oportunidades. Lo demuestran numerosas experiencias: los niveles de representación de mujeres se incrementan con sistemas de representación proporcionales y mixtos; y disminuyen cuando éstos se basan exclusivamente en elecciones de mayoría relativa.

Por ejemplo, todos los países de la Europa occidental en los cuales el número de mujeres parlamentarias excede el 20% han adoptado el sistema proporcional o mixto. De los cinco países en el mundo que tienen 30% o más diputadas (Suecia, Finlandia, Dinamarca y los Países Bajos) tres de ellos tienen un sistema electoral proporcional y dos, un sistema mixto. Mientras tanto, aquellos países donde las mujeres representan el 10% o menos en el Poder Legislativo, pertenecen a sistemas predominantemente de mayoría relativa. Y en el 90% de países que carecen de diputadas, cuentan exclusivamente con sistema de mayoría.

Considerando el sistema electoral mexicano, como un sistema mixto, podemos constatar que la situación de las mujeres se ha favorecido bajo el principio de representación proporcional. Un caso significativo para ejemplificar este dato, es la constitución de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional.

En México, las reformas al artículo 175 del COFIPE, tanto la de 1996 como la del 2002 han impactado favorablemente el porcentaje de mujeres electas en el poder legislativo: en 10 años nuestra representación pasó del 13% al 23% en esta honorable Cámara. Si seguimos a ese paso, la paridad de género en la representación política, sería una realidad solo posible en el 2040. ¿Tenemos que esperar las mujeres mexicanas hasta el 2040 para ejercer nuestro pleno derecho a la elegibilidad?

No, no queremos. Por eso propusimos esta reforma tanto constitucional como legal para fortalecer el marco jurídico a favor de nuestro sistema electoral y de la paridad de género. Con estas reformas se amplía la ciudadanía de las mujeres en términos de igualdad de oportunidades. Se compromete a los partidos políticos para que a través de las postulaciones que realicen tanto para las candidaturas de diputados, senadores, presidentes municipales, regidores y síndicos, promuevan y garanticen la equidad entre mujeres y hombres y la paridad de género. Hoy, en México, en el contexto de la discusión sobre la Reforma del Estado, la LX legislatura tiene dos opciones: perderse en la ignorancia del machismo y la mezquindad o; hacer historia y enfrentar el déficit de su democracia, con inteligencia y generosidad con el 52% de su población que tiene cuerpo y rostro de mujer.

No hay comentarios.: